El examen
que practicó la Auditoria Superior de la Federación al ejercicio del
presupuesto de la Junta de Caminos correspondiente al… 2010 y cuyos resultados
fueron recientemente presentados bajo el rubro “GASTO FEDERALIZADO/RECURSOS DEL
FONDO PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL ESTATAL/ GOBIERNO DEL ESTADO DE MICHOACÁN”
según el cual se revisó a la SECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓN, COPLADE,
SCOP y la JUNTA DE CAMINOS entre otras dependencias del gobierno del estado,
encontrándose lo que en seguida citamos;
“…8. Se determinó la falta de
documentación comprobatoria por 939.0 miles de pesos, correspondiente a la obra
núm. 000196 “Conservación rutinaria de la Red Estatal Carretera” ejecutada por
la Junta de Caminos.
El Gobierno del Estado en el transcurso de la auditoría
proporcionó la documentación comprobatoria de la transferencia bancaria a la
cuenta del fondo por el importe determinado, con lo que se solventa lo
observado.…
…22. Del expediente unitario de la obra denominada
“Conservación rutinaria de la red estatal carretera” realizada por la Junta de
Caminos, se determinó que carece del concentrado del programa de ejecución por
residencia; del concentrado del cumplimiento de metas y objetivos establecido
por residencia; de la comprobación de participación social comunitaria; de la
difusión de las obras; de la explosión de insumos de presupuesto base y de obra
ejecutada; del concentrado del programa de utilización de recursos humanos por
residencia; del concentrado del programa de utilización de la maquinaria y
equipo de construcción por residencia; de la documentación que acredite la
verificación de los trabajos ejecutados; del acta de entrega-recepción por obra
ejecutada y el resumen financiero de la obra por residencia.
…25. Se determinó
que el expediente unitario de la obra denominada “Conservación rutinaria de la
red estatal carretera” realizada por la Junta de Caminos carece del acuerdo
para la ejecución de la obra por administración directa.
El Gobierno del Estado, en el transcurso de la auditoría,
mediante el oficio núm. JC/SCM/938/2011 del 28 de junio, el estado proporcionó
la información y documentación faltante, con lo que se solventa lo observado.”

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